¿Sabes qué es el cabotaje? ¿Conoces cuáles son sus límites?
¿Tienes claro cómo ha afectado el Paquete de Movilidad a tu profesión? En este
post de Conectados al Transporte vamos a resolver estas dudas.
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El Paquete de Movilidad cambió las reglas del juego ya que estableció
un límite máximo de 3 actividades de cabotaje en 7 días. |
¿Cómo surge el término cabotaje?
El Cabotaje surgió por la afluencia de operaciones
realizadas por transportistas internacionales no residentes en otros países.
Esto significa que la sede de la empresa contratista se halla en otro Estado,
con diferentes normas y legislaciones aplicables, como por ejemplo, en lo que
respecta a las condiciones laborales de los conductores de los vehículos.
Y, ahora… ¿a qué llamamos cabotaje?
El cabotaje es el transporte de mercancías entre dos lugares del mismo país realizado por un operador de transporte de otro país. Siguiendo esta definición, “el cabotaje es la realización de operaciones de transporte nacional realizadas por cuenta ajena, durante un tiempo limitado dentro del territorio europeo. Mediante la utilización de vehículos con un peso máximo autorizado superior a 3,5 toneladas, incluidos los remolques”.
Es decir, cabotaje
es el transporte de mercancías en un país realizado por una empresa de
transporte extranjera. Y, se considera cabotaje el transporte Galicia-Sevilla
realizado por una empresa de transporte francesa.
¿Cómo afectó la aprobación del Paquete de Movilidad al
cabotaje?
El Paquete de Movilidad cambió las reglas del juego ya que
estableció un límite máximo de 3 actividades de cabotaje en 7 días.
Está claro que el Paquete de Movilidad ha mejorado las
condiciones sociales y laborales de los trabajadores del transporte de
mercancías por carretera les ofrece una mayor protección en el ejercicio de su
actividad. De hecho, debes tener claro que el reglamento europeo recoge expresamente
que: “reciben esta consideración los transportistas y cargadores que realizan
su trabajo fuera de su país de residencia”.
Así que: si realizas transporte internacional debes saber:
El salario mínimo que debe recibir un trabajador del
transporte desplazado será el del país en el que esté trabajando.
Tanto el conductor como vehículo deben volver a su país de
residencia o matriculación del vehículo, por lo menos, cada 8 semanas.
Y, en el caso de que realices transporte internacional, el
retorno deberá hacerse cada 3 o 4 semanas, dependiendo de la jornada laboral.
Además, os recordamos que las empresas de transporte de
mercancías por carretera no estarán autorizados a realizar transportes de
cabotaje con el mismo vehículo en el mismo Estado en el plazo de 4 días a
partir de la finalización de su transporte de cabotaje en el país de
referencia.
¡Atención transportistas!
Recordar que: durante el control en carretera, el conductor
estará autorizado a ponerse en contacto con la sede central, el gestor de
transporte o cualquier otra persona o entidad con el fin de aportar cualquier
prueba.
Para que entiendas qué es el cabotaje te pongo un caso
práctico
Imagina que una empresa de transporte francesa carga en
Italia, descarga en Marruecos, carga en Marruecos y descarga en España.
¿Esta empresa francesa puede realizar servicios de cabotaje en España?
La respuesta es sí. Concretamente, podrá realizar tres
servicios de cabotaje en nuestro país en el plazo de los siete días siguientes.
También puede realizar uno o dos cabotajes en España y el otro o los otros dos
realizarlos en otros países miembros, con la condición de uno sólo por país y
en el plazo de tres días después de su entrada en vacío. Según este ejemplo que
os hemos puesto, todos los cabotajes se realizarán en un plazo máximo de siete
días desde la descarga en España.
Esta es la Normativa de aplicación a los transportes por
cabotaje
Reglamento (CE) N.º 1072/2009 De Parlamento europeo y del
Consejo de 21 de octubre de 2009 por el que se establecen normas comunes de
acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera y
Modificado por el Reglamento (UE) 2020/1055 de 15 de julio de 2020.
Reglamento (CE) N.º 1073/2009 De Parlamento europeo y del
Consejo de 21 de octubre de 2009 por el que se establecen normas comunes de
acceso al mercado internacional de los servicios de autocares y autobuses.
Reglamento (UE) 2020/1055 de 15 de julio de 2020 será
aplicable desde el 21 de febrero de 2022.
El Paquete de Movilidad ha marcado un hito en el sector del
transporte de mercancías por carretera al establecer límites y normativas más
estrictas en cuanto al cabotaje y las condiciones laborales de los trabajadores
desplazados. Si bien ha generado cierta controversia y desafíos operativos,
especialmente en la adaptación de las empresas a estas nuevas reglas, también
ha contribuido positivamente al asegurar una mayor protección social y salarial
para los trabajadores del sector. En última instancia, la implementación
efectiva y el cumplimiento riguroso de estas normativas son fundamentales para
garantizar un transporte de mercancías eficiente, seguro y equitativo en toda
la Unión Europea.
¿Te ha sido útil el
análisis del impacto del Paquete de Movilidad en el transporte de mercancías
por carretera? ¿Estás buscando más información y recursos relevantes para tu
profesión como transportista? ¡Entonces les invitamos a visitar el blog de
Conectados al Transporte, donde encontrarán contenido valioso y actualizado
sobre regulaciones, tendencias y herramientas útiles para el sector del
transporte de mercancías!
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